El término no sujeto hace referencia a la situación por el cual un impuesto o tributo no es aplicable a una determinada operación, por lo que no se nos impone ninguna de las obligaciones formales asociadas al mismo. Esto ocurre porque la acción no cumple los requisitos que indica la normativa del impuesto para que se produzca el hecho imponible y se genere la obligación.
¡Ojo! Esto no quiere decir que ese hecho imponible no pueda cumplir los requisitos de otro impuesto o tributo, y esté sujeto al mismo.
Vamos con un ejemplo:
Imagina que compras unas plantas decorativas en el vivero, ¿tendrías que pagar el impuesto especial de hidrocarburos? No, ¿verdad? Pues las plantas no son combustible (por lo menos no en ese estado, jeje). Al no cumplirse los requisitos que indica el impuesto, la obligación no nacería.
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