El modelo 111 es el modelo trimestral donde las empresas, autónomos y demás obligados tributarios, declaran e ingresan las retenciones que han practicado durante este período a trabajadores, profesionales o empresarios.
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¿Quién está obligado a presentar el modelo 111?
Las empresas, profesionales o sociedades que durante el trimestre o mes correspondiente (será mensual para Grandes Empresas) hayan retenido parte de los importes correspondientes a nóminas de empleados, a facturas de profesionales, o a facturas de compra de determinadas actividades.
Aplicaremos una retención en los siguientes casos:
1- Rendimientos de algunas actividades económicas:
- Actividades profesionales, por ejemplo a un asesor.
- Actividades agrícolas y ganaderas.
- Actividades forestales.
- Actividades empresariales en estimación objetiva.(actividades en módulos que están obligadas a retener el 1%).
2- Rendimientos de trabajo: nóminas, finiquitos, etc
3- Propiedad intelectual, industrial, minas…
4- Premios de participación en juegos, concursos, rifas…
5- Ganancias patrimoniales por aprovechamiento forestal en montes públicos.
6- Cesiones de imágenes art, 92 LIS.
¿Cuándo se presenta el modelo 111?
El plazo para presentar el modelo 111 son los 20 días posteriores al final de cada trimestre natural.
- Primer trimestre: Del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: Del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre: Del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: Del 1 al 20 de enero del siguiente año.
Si el día de finalización del plazo es un sábado, domingo o festivo, el plazo se prolonga hasta el siguiente día hábil.
¿Cómo se rellena el modelo 111?
Con FacturaDirecta :)
Esta pregunta ya no debe preocuparte a partir de ahora. Si has introducido correctamente toda la información de tu actividad en FacturaDirecta, el programa se encaraga de rellenar el modelo 111 para ti.
Así de fácil: lo descargas y ya puedes subirlo a la web de la AEAT.
Última actualización: 06.06.2017
Esperamos que esta información te resulte muy útil.