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Facturas Rectificativas: Todo lo que debes saber

Verónica escribió este artículo el 18/03/2020
Facturas Rectificativas: Todo lo que debes saber
Lectura: 3 min.

Nota: Este artículo es una nueva versión mejorada y ampliada de un artículo anterior de este mismo blog.


Con el lío de querer emitir la factura para cobrar lo antes posible, es fácil que en una de esas facturas metamos la pata y salga con algún dato de menos, de más o equivocado.

Bueno, pues que no cunda el pánico que para eso existen las facturas rectificativas.

¿Qué es una factura rectificativa?

Una factura rectificativa es un tipo de factura que se emite para corregir algún error o agregar algún dato en una factura que se emitió en el pasado.

Las facturas ya emitidas como tal no pueden modificarse por lo que para rectificarlas o anularlas es necesario crear una factura rectificativa.

La rectificación se realizará tan pronto nos demos cuenta del error o de la ausencia del dato, siempre que no hubieran transcurrido 4 años desde la fecha de devengo.

¿Cuándo es obligatorio expedir una factura rectificativa?

1º. En los casos en que la factura no cumpla alguno de los requisitos establecidos como obligatorios en los artículos 6 y 7 del Reglamento de facturación o estén puestos incorrectamente. Estos son los datos que debe contener una factura (pueden ser necesarios más datos):

  • Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas dentro de cada serie debe ser correlativa.

  • La fecha de su expedición.

  • Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.

  • Número de Identificación Fiscal, tanto del emisor como del receptor para que la factura sea completa (no sea una factura simplificada).

  • Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.

  • Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del Impuesto y su importe, incluyendo el precio unitario y cualquier descuento o rebaja.

  • El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones.

  • La cuota tributaria que se repercuta por separado.

  • La fecha en que se hayan efectuado las operaciones si es distinta a la de expedición de la factura.

2º. Cuando se hubieran producido reducciones en la base imponible de acuerdo al artículo 80 de la Ley 37/1992.

3º. Cuando las cuotas repercutidas del IVA se hubiesen determinado incorrectamente.

¿Qué datos deben contener las facturas rectificativas?

Una factura rectificativa debe contener los siguientes datos:

  • Se hará constar su condición de rectificativa, es decir, donde habitualmente pone “factura”, ahora deberá poner “factura rectificativa”.
  • Se describirá la causa que motiva la rectificación. Por ejemplo, falta de datos, errores en los totales…
  • Se debe hacer constar los datos identificativos de la factura rectificada (la factura original que contiene el error o la omisión). Será suficiente con indicar el número de factura con su serie y numeración si la tuviera y la fecha de emisión.
  • La rectificación efectuada. Indicar el dato que faltaba o modificar el dato incorrecto.
  • El resto de datos que se establecen como obligatorios con carácter general para todas las facturas. Entre ellos, se incluye añadir un número de factura.

Aunque no es obligatorio, siempre es muy recomendable usar una nueva serie para las facturas rectificativas. Así, evitamos mezclarlas con las de venta reales y las podemos localizar de una forma más fácil. La serie de rectificativas más usada es “R”. Por ejemplo: R0001, R/0001, R-0001…

¡Esto es todo por ahora! 😉

Aunque esperamos que no tengas que usar las facturas rectificativas, en FacturaDirecta estamos preparados por si ocurriera. Puedes crear fácilmente tus facturas rectificativas y ya llevan por defecto todos estos pequeños requisitos (nueva serie, indicación de que es una “Factura rectificativa”…)

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