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Todo sobre la Declaración de la Renta

Verónica escribió este artículo el 01/04/2019
Todo sobre la Declaración de la Renta
Lectura: 7 min.

La Declaración de la Renta es el modelo de liquidación anual del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.


Voy a contarte de una forma bastante resumida (y aún así es bastante largo, pero son muchas cosas que contar 😊), todo lo que necesitas saber del IRPF y de la Declaración de la Renta para que cuando llegue el momento de presentarla no estés muy perdido 😜

¿Quiénes están obligados a realizar la Declaración de la Renta?

Están obligados todos los contribuyentes personas físicas residentes en España, excepto los que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de:

1. Rendimientos del trabajo personal:

Iguales o inferiores a 22.000€/año si:

  • Son procedentes de un solo pagador.
  • Son varios siempre que la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no superen los 1.500€.

El límite será de 12.643€/año siempre que fueran devengados tras el 5 de julio de 2018, cuando el cambio entró en vigor con los Presupuestos del Estado, sino el límite será de 12.000€/año si:

  • Hay más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superan los 1.500€/año.
  • Cuando se trate de pensionistas cuyos únicos rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas a que se refiere el artículo 17.2.a) de la Ley del IRPF procedentes de dos o más pagadores.
  • Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

2. Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales (excepto ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o partici­paciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible).

3. Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con límite conjunto de 1.000 euros anuales.

¿Cuándo hay que presentar la Declaración de la renta?

En general la campaña de la Declaración de la Renta suele comenzar en abril, concretamente este año comienza el 2 de abril, y se extiende hasta finales de junio.

Es importante mencionar que la Declaración no afecta al año en curso, sino a las rentas obtenidas desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año anterior.

¿Qué rendimientos se incluyen en la Declaración de la Renta?

Principalmente se incluyen las siguientes rentas:

  • Rendimientos del trabajo: donde se incluyen los sueldos, salarios (incluidos rendimientos en especie), las prestaciones por desempleo, remuneraciones como gastos de representación, dietas, las aportaciones satisfechas a planes de pensiones por los promotores o empresarios para hacer frente a compromisos adquiridos.

  • Rendimientos del capital mobiliario: que incluye los que provengan de los restantes bienes y derechos de los que sea titular el contribuyente y no se encuentren afectos a actividades económicas.

  • Rendimientos del capital inmobiliario: que incluyen los provenientes de bienes inmuebles tanto rústicos como urbanos que no se hallen afectos a actividades económicas. Se incluirían los rendimientos obtenidos por la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, los obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, los procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez y de rentas derivadas de la imposición de capitales, así como otros rendimientos del capital mobiliario.

  • Rendimientos de actividades económicas: se consideran actividades económicas las actividades extractivas, de fabricación, de comercio, de prestación de servicios, artesanía, actividad agrícola, actividad forestal, actividad ganadera, actividad pesquera, actividad de construcción, ejercicio de profesiones liberales, ejercicio de profesiones artísticas y actividades deportivas.

  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: que son todas aquellas variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que se califiquen como rendimientos. Son alteraciones las transmisiones, los premios y las pérdidas justificadas que no se deban al consumo o al juego.

  • Imputaciones y atribuciones de renta que se establezcan por ley: se incluyen las rentas inmobiliarias imputadas por la propiedad de bienes inmuebles que no constituyen la vivienda habitual del contribuyente (la más habitual), rentas en régimen de transparencia fiscal internacional (articulo 91 Ley IRPF), rentas por cesión de derechos de imagen (artículos 92 Ley IRPF y 107 del Reglamento IRPF) y rentas obtenidas por socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva (IIC) constituidas en paraísos fiscales (artículo 95 Ley IRPF).

Deducciones generales

Para este 2019 (Renta de 2018) las deducciones generales son las siguientes:

1. Deducción por inversión en vivienda habitual: Régimen transitorio

En régimen transitorio porque se eliminó en 2013 pero se puede seguir aplicando para aquellos contribuyentes que, antes de esa fecha, hubieran adquirido su vivienda habitual o satisfecho cantidades para su construcción, ampliación, rehabilitación o realizado obras por razones de discapacidad en ésta (con excepción de las aportaciones a cuentas vivienda) y vinieran disfrutando de este beneficio fiscal.

2. Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación

Una nueva deducción que permite deducirse las cantidades que hayan satisfecho en el ejercicio para la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación siempre que se cumplan los requisitos y condiciones exigidos.

3. Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial

Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en estimación directa podrán aplicar los incentivos y estímulos a la inversión empresarial establecidos en la normativa del Impuesto sobre Sociedades con igualdad de porcentajes y límites de deducción (teniendo en un cuenta un par de requisitos de la normativa de IRPF).

4. Deducciones por donativos y otras aportaciones

Da derecho a la deducción los donativos, las donaciones y otras aportaciones realizados a cualquiera de las entidades que se indican en la legislación.

5. Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla

Esta deducción se aplica a las rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.

Tiene diferentes modalidades en función de si el contribuyente reside o no en Ceuta o Melilla y, tratándose de contribuyentes residentes en dichas ciudades, en función de que el período de residencia sea inferior o igual o superior a 3 años.

6. Deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y del Patrimonio Mundial

Se podrá deducir el 15 por 100 de las inversiones o gastos realizados para la adquisición de bienes del Patrimonio Histórico Español, realizada fuera del territorio español para su introducción dentro de dicho territorio, para la conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de los bienes de su propiedad que estén declarados de interés cultural y la rehabilitación de edificios…

7. Deducción por alquiler de la vivienda habitual. Régimen transitorio

También en régimen transitorio hasta su completa desaparición como la deducción por inversión en vivienda habitual.

Podrás disfrutar de este incentivo si tu contrato de arrendamiento es anterior al 1 de enero de 2015 y mientras dure el mismo.

8. Deducción aplicable a las unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo

Con efectos a partir de 1 de enero de 2018 y para adecuar nuestra normativa al Derecho de la Unión Europea, se establece una deducción sobre la cuota a favor de aquellos contribuyentes integrantes de una unidad familiar en la que uno de sus miembros resida en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (porque esa situación les impide presentar la declaración de forma conjunta).

Deducciones autonómicas

No voy a pasar a resumirlas porque son muchas y muy diversas ya que dependen de la Comunidad Autónoma de residencia del contribuyente.

Yo te recomiendo consultar la página de la AEAT y revisar las deducciones autonómicas que te correspondan en función de tu lugar de residencia.

Puedes consultar esta información y toda toda toda la relacionada con el IRPF en el manual de Renta 2018. Puedes encontrarlo aquí.

¿Cómo puedo presentar la Declaración de la Renta?

Ahora mismo, puedes presentar tu Declaración por varias vías:

  • Presencialmente solicitando cita previa. ¡Ojo! No todos los contribuyentes pueden usar esta opción. Si quieres saber si puedes usar esta opción consulta los requisitos que indica la AEAT.
  • Por Internet a través de Renta Web.
  • Por teléfono con la opción “Le Llamamos”.
  • Desde el móvil utilizando la app de la AEAT.

Estas son las opciones si decides presentar la Declaración tú mismo, pero siempre puedes pedirle ayuda a un asesor experto. Así evitarás errores o sorpresas indeseadas y además ahorrarás algún dinerillo aplicando todas las deducciones que correspondan 😉

¡Espero que esta información te sea muy útil! 😊 ​

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